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Nueva Convocatoria PRESCO II

Promoción de la consolidación del tejido comercial, profesional, hostelero y en general empresarial, así como apoyar el mantenimiento y creación de empleo que genera este sector económico en el municipio de A Coruña tras la crisis del COVID-19.

El importe global de las subvenciones objeto de esta convocatoria específica es de 4.000.000€.

¿Quién puede pedirla?:

Para cualquiera de las líneas, las personas físicas trabajadoras autónomas que estén de alta en el régimen especial de trabajadores autónomos (RETA), en cualquier otro régimen especial por cuenta propia de la Seguridad Social o en mutualidad de colegio profesional. Para las líneas 2 y 3, podrán además de las personas anteriores, las sociedades de cualquier clase que tengan la condición de microempresa, que tengan personalidad jurídica propia y legalmente constituidas. En todas las líneas, para ser beneficiarias, deberán estar dadas de alta en alguno de los CNAES subvencionables:

Otros requisitos:

  • Que estén dados de alta con anterioridad al 1 de enero de 2021 en su actividad económica.
  • Que se encuentren al corriente en el  cumplimiento de obligaciones tributarias coa AEAT, con
    Seguridad Social y con el Ayuntamiento de la Coruña.
  • Que tengan justificadas las subvenciones anteriormente concedidas por el Ayto. de la
    Coruña, a menos que no hubiese transcurrido el correspondiente plazo de justificación.

¿En qué consiste la ayuda?:

 

El importe máximo de la subvención no podrá superar para cada persona beneficiaria física o jurídica la cuantía de 2.000 € de acuerdo con lo indicado a continuación: Cada persona beneficiaria podrá solicitar y obtener un importe máximo de la subvención de 2.000,00 euros para el total y cualquiera de las líneas 1, 2 y 3. Todas las líneas son compatibles entre sí, dentro de las cuantías de subvención máximas establecidas

LÍNEAS SUBVENCIONABLES:

 

Línea 1: Ayudas para el pago de cuotas de Seguridad Social o a las Mutualidades de los colegios profesionales en el régimen de las personas físicas autónomas. 

Línea 2: Ayuda para el pago de la cuota empresarial por el personal a cargo de la empresa.

Línea 3: Ayudas dirigidas a sufragar alquileres de locales comerciales, de hostelería o del sector servicios. 

¿Qué gastos me cubre?

Línea 1: La cuota efectivamente abonada correspondiente al régimen especial de trabajadores autónomos personas físicas, en cualquier otro régimen especial por cuenta propia de la Seguridad Social o de mutualidad de colegio profesional correspondiente. Podrá ser subvencionable el 100 por 100 del gasto por este concepto hasta un máximo de 8 cuotas de la Seguridad Social o mutualidad de colegio profesional, efectivamente abonadas, en el período de enero a agosto de 2021.

Línea 2: Podrá ser subvencionable el 100 por 100 del gasto en concepto de cuota empresarial correspondiente a los meses de enero a agosto de 2021, con una cantidad de 2.000,00 € por persona física o jurídica beneficiaria. El máximo de subvención por persona a cargo de la empresa será de 300 € por mes. 

Línea 3: Son subvencionables los gastos en alquiler de locales comerciales, de hostelería o del sector servicios afectos exclusivamente a una actividad económica y que se encuentren situados en el término municipal de A Coruña, entre los meses de enero a agosto de 2021.

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Plazo de presentación es : 01/09/2021 – 15/09/2021.

 

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