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Licencia de apertura de actividades de hostelería en A Coruña

Uno de los trámites más demandados a nivel local por nuestro clientes de hostelería es la obtención o transmisión de licencias de actividades de hostelería, espectáculos públicos y actividades recreativas. Sin este expediente abierto con el ayuntamiento local no podremos ejercer nuestra actividad y en caso de hacerlo incurrir en graves sanciones.

¿ A qué organismo debemos dirigirnos?

El órgano encargado de tramitar el expediente es la “Oficina de información y Registro de Urbanismo“. 

¿Qué se necesita?

Lo primero que debemos identificar el modelo de solicitud específico del ayuntamiento “Declaración Responsable” donde se indica toda la documentación perceptiva que se presenta:

¿Qué documentos consideran importantes de cara a conseguir la autorización?

 

  • Copia del acto administrativo que ampara el desarrollo de la actividad.
  • Copia del documento de Alta en obligaciones tributarias en cuyo epígrafe fiscal y objeto (local afecto) se acredite la actividad a desarrollar y la dirección del establecimiento.
  • Póliza del seguro de responsabilidad civil y del justificante del pago de la misma.
  • Documento firmado por el transmitente y adquirente de conformidad con la transmisión. 
  • Documento acreditativo de la disponibilidad del local (contrato de alquiler, compraventa, donación, usufructo, etc.).
  • Acreditación de que el local no ha estado cerrado por plazo superior a un año desde la presentación de la comunicación.
  • Autoliquidación de tasas.
  • En caso de sociedades, escritura de constitución de la misma. De ser una sociedad civil o una comunidad de bienes, deberá aportarse una relación de sus miembros con copia de sus DNI.
  • Proyecto técnico de adecuación del local a las condiciones exigidas en el RAMINP (o en su caso justificación de que ha habido comprobación reciente del cumplimiento de las condiciones).
  • Certificado acústico del cumplimiento condiciones Ordenanza medioambiental, y, en todo caso de los requisitos previstos por el D.320/2002 de 7 de noviembre, de protección contra la contaminación acústica. Expedido por Empresa Homologada por la Xunta de Galicia.

¿ Cómo presento la documentación ?

La documentación deberá presentarse obligatoriamente en formato digital existiendo dos posibilidades: de manera presencial en el Área de Urbanismo en cualquier otro registro municipal mediante cita previa o a través de solicitud general en la sede electrónica del Ayuntamiento. 

ACUSE DE RECIBO del Ayuntamiento

Una vez presentada toda la documentación debemos esperar la notificación del ayuntamiento en la que puede pedirnos la subsanación de documentación o si esta todo correcto recibiremos el acuse de recibo del ayuntamiento y podremos inaugurar e iniciar nuestra actividad con normalidad 🙂

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